DGII inactivará empresas que no hayan depositado documentos de transformación

La advertencia la hace la DGII en un espacio pagado en el día de hoy recordando que al finalizar el mes en curso vence el plazo de seis meses dado a todas las sociedades comerciales para el depósito de los documentos societarios que sustenten las adecuaciones o transformaciones conforme a la Ley No. 479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y su modificación (Ley 31-11).

Las empresas o sociedades que no han completado sus procesos deben depositar en el centro de atención del contribuyente de la sede central o en las administraciones locales, una serie de documentos para completar el proceso de transformación o adecuación.

La documentación requerida es el depósito del formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado, con los anexos correspondientes; copias del certificado de Registro Mercantil modificado, del acta de asamblea y nómina de presencia que aprueba la transformación o adecuación (en caso de cambio de socios, debe estar establecido en el acta de asamblea, de los estatutos sociales (si se transforma en una EIRL en vez de los estatus debe depositar copia del acta notarial); el contrato de compra y venta de acciones (aplica en caso de cambio de socios), y los estados financieros o balance especial emitido por un CPA (sólo aplica en caso de transformación).

 

Fuente Elpuerto.com.do